Directorio del Colegio Francisco de Miranda 2025-11-17T14:02:07+00:00

Directorio

Con fecha 27 de septiembre de 2025, en el marco de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad Educacional y Colegio Francisco de Miranda S.A., se eligió por unanimidad al nuevo Directorio para el período 2025–2027.

El nuevo Directorio, conforme a los estatutos, está compuesto por siete integrantes titulares y siete suplentes, todos ellos actuales apoderados del Colegio.

A continuación, se presenta la conformación del nuevo Directorio 2025-2027.

Decálogo de Prevención de Conflictos de Interés

Directores Soc. Educacional y Colegio Francisco de Miranda S.A.

  1. Actuar siempre en beneficio del Colegio, evitando decisiones que favorezcan intereses personales o de terceros.
  2. Declarar de forma transparente cualquier vínculo familiar, comercial o profesional que pueda influir en sus decisiones.
  3. Abstenerse de participar en votaciones donde exista un interés directo o indirecto.
  4. No utilizar información privilegiada obtenida en el cargo para beneficio propio.
  5. Establecer canales seguros para reportar posibles conflictos de interés.
  6. Registrar en actas cualquier oposición a decisiones que puedan generar responsabilidad legal.
  7. No influir en contrataciones, compras o convenios que involucren empresas o personas relacionadas.
  8. Mantener la confidencialidad de la información institucional y de los procesos internos.
  9. Participar activamente en las sesiones del directorio, evitando ausencias injustificadas.
  10. Promover una cultura de transparencia, ética y responsabilidad en el ejercicio del cargo.

Responsabilidades de los Directores de la Sociedad

Educacional y Colegio Francisco de Miranda S.A.

  1. Composición del Directorio: El directorio está compuesto por directores titulares y directores suplentes, designados por la Junta General de Accionistas. Los suplentes solo ejercen funciones cuando el titular correspondiente está ausente o impedido.
  2. Duración y Continuidad:  Los directores ejercen funciones por un período de dos años, conforme a los estatutos de la Sociedad.  Sin perjuicio de lo anterior, continúan en funciones hasta que se nombre formalmente a sus reemplazantes.

Reuniones y Quórum: El directorio debe reunirse al menos una vez cada tres meses.  Puede convocarse a reuniones extraordinarias por el presidente o por solicitud de 3 directores. El quórum mínimo para sesionar es de cuatro miembros. En caso de empate, decide el voto del presidente.

Responsabilidad Legal: Los directores son personalmente responsables por los actos que ejecuten en el desempeño de sus cargos. Para eximirse de responsabilidad, deben dejar constancia de su oposición en el acta correspondiente.

Actas y Transparencia: Las deliberaciones y acuerdos deben registrarse en un libro de actas, firmado por los asistentes. Las actas deben estar disponibles para los accionistas en la oficina de administración.

Remuneración: Los directores no reciben remuneración por el ejercicio de sus funciones.

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